miércoles, 6 de octubre de 2010

Preguntas Capitulo III Derecho Tributario

1. Clases de interpretación de la ley:

a. Auténtica: la que de una ley hace el mismo legislador

b. De lenguas: secretaría, en que se traducen al español o a otras lenguas documentos y papeles legales.

c. Doctrinal: En derecho, la que se funda en las opiniones de los jurisconsultos.

d. Usual: la autorizada por la jurisprudencia de los tribunales

2. Definición de interpretación: buscar el sentido y el valor de la norma para medir su extensión precisa y apreciar su eficiencia en cuanto al gobierno de las relaciones jurídicas, aparentemente comprendidas en el ámbito de su vigencia.

3. Qué es interpretación de la ley?

Es determinar que dispone, cual es su espíritu, cual fue la intención del legislador al emitirla, y en qué casos es aplicable, tanto en tribunales como en la administración pública.

4. Interpretación Tributaria

Es la que realizan ya sea el contribuyente, el contador o auditor al desarrollar la ley y cotejarlo, con la realidad de los hechos tributarios.

5. Elementos de interpretación:

a. Examinar el texto íntegro de la ley.

b. Analizar la intención del legislador y adecuar el pensamiento del legislador.

c. Coordinar la norma con todo el sistema jurídico no solo el tributario, principalmente con la Constitución.

d. Contemplar la calidad económica que se ha querido gravar y la finalidad perseguida por la ley.

e. Utilizar toda doctrina a su alcance, por ser base fundamental de la ley

f. Analizar los hechos concretos y relacionados con la doctrina y la ley.

g. El estudio y análisis de la historia de la ley que se busca interpretar.

6. Métodos de interpretación de la ley:

a. Método literal

b. Método lógico

c. Método histórico

d. Método sistemático

e. Método evolutivo

7. Qué es la consulta tributaria:

Es una manifestación de juicio de la Administración tributaria a solicitud de un sujeto de derecho sobre la aplicación de los tributos a un supuesto de hecho concreto. Siendo la esencia de la consulta la respuesta de la administración tributaria a una solicitud de interpretación individualizada.

8. Modalidades de interpretación de la ley tributaria

a. Principio in dubio pro fisco: establece que en caso de duda la ley favorece al fisco.

b. Principio in dubio contra fisco o In dubio pro contribuyente: establece que en caso de duda, se debe favorecer al contribuyente, por ser la ley tributaria en general restrictiva del derecho de propiedad.

¿Las modalidades de interpretación de la ley tributaria son?

1. principio de in dubio pro físico

2. principio in dubio contra físico o In dubio pro contribuyente

¿En que se basa el principio de in dubio pro físico?

Es el que establece que en caso de deuda la ley favorece al físico, principio que puede llevar asta el abuso del estado contra el contribuyente

¿En que se basa el principio in dubio contra físico o In dubio pro contribuyente?

Es el que establece que en caso de deuda se favorece al contribuyente ya que la ley es restrictiva del derecho de propiedad.

¿Que es el Ordenamiento Jurídico?

Serie de interrelaciones que lo convierten en un todo unitario y coherente desde el cual se puede dar respuestas a los principales problemas que el derecho plantea

¿Características del ordenamiento Jurídico para integrar la ley?

Unidad

Plenitud

Coherencia

¿A que se refiere la unidad?

Conjunto de normas tributarias que constituyan en un todo unitario y diferentes de las demás áreas de derecho, en el cual la validez de una norma jurídica se fundamenta en otra norma superior, y no porque exista entre ella una concordancia si no porque existe una delegación.

¿A que se refiere la plenitud?

Toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe; no esta obligada a acatar ordenes que no estén basadas en la ley y emitidas conforme a ella.

Coherencia

Es la relación que existe entre todas las normas de un mismo ordenamiento jurídico.

Conflictos normativos tributarios y su posible solución

Son todos aquellos casos en que a existido una contradicción al identificar la norma al aplicar y se a tenido q establecer cual es la legislación aplica le a un caso concreto.

3. Situaciones de los conflictos normativos?

Cuando las normas en conflictos pertenecen a diferente jerarquía.

Cuando las dos normas en conflicto pertenecen a la misma jerarquía normativa y que tengan el mismo ámbito de validez.

4. ¿ Tipos de conflictos de las normas ?

a. Conflictos normativos bilaterales:

Cuando el cumplimiento de cualquiera de las dos normas en conflicto implica la violación de la otra.

b. Conflictos normativos unilaterales:

Cuando el cumplimiento de una de las normas implica la violación de la otra pero no al contrario.

c. Conflictos normativos totales:

Cuando el cumplimento de una de las normas supone la violación total de la otra.

d. Conflictos normativos parciales:

Cuando el cumplimento de una de las normas supone la violación parcial de la otra.

e. Conflictos normativos necesarios:

Cuando el cumplimiento de una de las normas implica de forma necesaria la violación de la otra.

f. Conflictos normativos Posibles:

Cuando el cumplimiento de una de las normas implica solo de forma posible la violación de la otra.

5. ¿Cuales son los criterios de solución de los conflictos?

Criterio Jerárquico

Criterio cronológico

6. Criterio Jerárquico:

Se da en caso de conflicto entre dos normas de diferente jerarquía prevalecerá siempre la de rango superior. Esta regulado en el articulo 239 de la Constitución Política de la Republica.

7. Criterio Cronológico:

Se da cuando una norma posterior deroga una anterior, conforme a este criterio cuando existen en conflicto dos normas de un mismo orden jerárquico se deberá aplicar la norma posterior en el tiempo, de acuerdo a lo preceptuado en la Ley del Organismo Judicial.

8. Criterio de Especialidad:

En caso de conflicto entre dos normas de un mismo orden jurídico, pero con un campo de aplicación material diferente en el que prevalecerá la especial sobre la general.

9. Cuales son las lagunas jurídicas en derecho tributario

a. Procedimiento de heterointegración: la costumbre no puede aplicarse en materia tributaria.

b. Procedimiento de auto integración: el juzgador acude a criterios como la analogía, y los principios generales del derecho.

10. Principios generales que nacen de las fuentes del derecho:

a. Vivir honestamente – honeste vivere

b. No hacer mal a otro – neminem laedare

c. Dar a cada uno lo suyo - suum cuique tribuere

PREGUNTAS CAPÍTULO III

DERECHO TRIBUTARIO

GRUPO 3

1. Que es fuente?

Toda norma generadora o de creación.

2. Como se llama la primera de las fuentes del ordenamiento tributario guatemalteco?

La constitución política de la República de Guatemala.

3. Enumere las Fuentes del Derecho Tributario:

· La Constitución Política de la República de Guatemala

· Tratados Internacionales

· La Ley

· Decretos Ley

· Leyes Delegadas

· Los Reglamentos

· La Jurisprudencia

4. Cual es la fuente inmediata del Derecho?

La Ley.

5. Quien emite los reglamentos?

El Organismo Ejecutivo.

6. Cuales son las tres clases de costumbres enumeradas doctrinariamente?

· Interpretativa

· Introductiva

· Derogativa

7. Según el artículo 2 del código tributario si existe contradicción entre normas como deben interpretarse?

7.1. Las Constitucionales

7.2. Las Leyes, los tratados y convenciones internacionales

7.3. Reglamentos.

8. En que momento se emiten los decretos-leyes?

Cuando existe una guerra, una grave crisis financiera o cuando se encuentra en el poder un gobierno de facto.

9. Cómo se llama la ley emitida por el organismo ejecutivo, cuando el organismo legislativo le delega esa función?

Leyes Delegadas

10. Qué es Jurisprudencia?

Conjunto de principios, normas, poderes e instituciones cuya función es la producción y aplicación institucionalizada del derecho.

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